El sistema calcula el factor de ajuste de cada estimación usando los índices INPP de INEGI del período correspondiente. Auditable, preciso y listo para entregar a la dependencia — sin tocar Excel.
El sistema usa el Índice Nacional de Precios al Productor (INPP) publicado mensualmente por el INEGI — el mismo que exige la SICT para el cálculo del factor K.
Los índices se capturan en el sistema por el usuario al publicarse cada mes. Integración automática con API BIE de INEGI — próximamente.
El sistema aplica la metodología del Art. 57 Fr. I de la LOPSRM. Calcula el factor incremental por mes de ejecución y aplica el límite del anticipo no amortizado según el Art. 57 Fr. III y Art. 58.
El sistema usa el factor incremental (no acumulado) y aplica redondeo consistente con la referencia SICT — igual que el formato oficial.
Índice, factor K, factor incremental y monto de ajuste para cada período de ejecución del contrato.
Soporte argumentativo listo para anexar a la estimación y presentar ante la dependencia como respaldo del ajuste reclamado.
Archivo .xlsx con celdas y estructura idénticas al formato oficial. Listo para firmar y entregar sin modificaciones.
Integración con la API BIE (Banco de Información Económica) de INEGI. Los índices INPP se actualizarán automáticamente cada mes — sin que el usuario tenga que buscarlos y capturarlos.
La duda de quien arma el trámite no suele ser qué es la escalatoria, sino de dónde sale exactamente el número que va en el E-14. Este es el recorrido de un mes, con cifras de ejemplo.
El mes base es el de la apertura de propuestas, no el del inicio de los trabajos. Si la apertura fue en marzo, todos los factores se calculan contra el índice de marzo.
Por categoría, del INPP del INEGI. Si el índice del cemento asfáltico pasó de 118.40 en el mes base a 140.32 en el mes de ejecución, el factor de esa categoría es 140.32 ÷ 118.40 = 1.1851, es decir un 18.51 % de incremento.
No toda la obra sube 18.51 %. Cada insumo pesa según su participación en el precio unitario: si el asfalto es el 42 % del concepto y las terracerías bajaron 1.3 %, el factor del concepto es la suma ponderada, no el mayor de los dos. Es la razón por la que ver ocho factores sueltos no dice si conviene solicitar el ajuste: lo dice el neto ponderado.
El factor se aplica al importe estimado del mes. Sobre la porción del anticipo que todavía no se amortiza no hay ajuste (Art. 57 Fr. III y Art. 58): si el anticipo era del 30 % y se ha amortizado la mitad, el ajuste corre sobre el importe menos el anticipo pendiente.
El Art. 57 Fr. I aplica el ajuste sobre la serie de la sumatoria menor —programada o estimada— y la comparación es sobre el total, no partida por partida. Con deflación el resultado puede ser negativo, y ese mes también genera movimiento.
Si algún término de esta página no te suena, están todos definidos en el glosario de obra pública. Y si estás integrando precios unitarios, la calculadora de factor de salario real es gratuita y no pide registro.
| Ajuste de costos | Factor de actualización | |
|---|---|---|
| Fundamento | Art. 57 LOPSRM | Art. 175 del Reglamento |
| Cuándo aplica | Durante toda la ejecución, mes a mes | Cuando pasan más de 30 días entre la apertura de propuestas y el inicio de los trabajos |
| Frecuencia | Mensual | Por una sola ocasión |
| Anticipo | No aplica sobre el anticipo no amortizado | No se afecta por anticipos |
| Quién decide | Se calcula y se presenta | Se solicita y lo autoriza la dependencia |
Ojo con la duplicidad: el ajuste de costos ya toma como mes base la apertura de propuestas, así que la ventana entre apertura e inicio ya está dentro del cálculo mensual. Aplicar además el factor de actualización sin recorrer el mes de origen cobraría dos veces esa misma ventana.
Es la actualización de los precios unitarios de un contrato cuando los costos de los insumos cambian durante la ejecución. Se calcula conforme al Art. 57 de la LOPSRM usando índices de precios; en México se usan los Índices Nacionales de Precios Productor (INPP) que publica el INEGI.
El incremental compara el índice de cada mes contra el del mes anterior y se aplica mes por mes; el acumulado compara siempre contra el mes base de apertura del concurso. El Art. 57 Fr. I se calcula de forma incremental: usar el acumulado cambia el importe del ajuste, normalmente al alza, y es de los errores que la dependencia detecta en revisión.
Sí. Conforme al Art. 57 Fr. III y al Art. 58, el ajuste no aplica sobre la parte del anticipo que aún no se ha amortizado. El cálculo tiene que descontar esa porción o el monto reclamado sale de más.
Los INPP del INEGI, por categoría de insumo. Algunas dependencias publican además sus propios índices. Nexdorf soporta ambas fuentes, y el resultado difiere según cuál se use: por eso la fuente debe quedar declarada en el documento que se entrega.
Son dos figuras distintas y se confunden seguido. El factor de actualización lo regula el Art. 175 del Reglamento de la LOPSRM: aplica cuando transcurren más de 30 días entre la apertura de propuestas y el inicio de los trabajos, se solicita por una sola ocasión, lo autoriza la dependencia y no se afecta por anticipos. El ajuste de costos del Art. 57 es mensual y corre durante toda la ejecución.
Sí, y es el que más dinero cuesta perder. El Art. 56 de la LOPSRM da al contratista 60 días naturales contados desde la publicación de los índices del mes correspondiente para promover el ajuste al alza, con los estudios y la documentación soporte. Vencido ese plazo se pierde la posibilidad de solicitarlo. Ojo: el plazo corre desde que se publican los índices, no desde el inicio de la obra.
El mismo Art. 56 le da a la dependencia 60 días naturales para resolver por oficio a partir de la promoción. Si no resuelve en ese plazo, la solicitud se tiene por aprobada.
No. El Art. 175 del Reglamento no fija un plazo de caducidad para el factor de actualización: se solicita por una sola ocasión y lo autoriza la dependencia. El plazo de 60 días del Art. 56 es del ajuste mensual, que es otra figura.
El desglose mensual del cálculo: los índices utilizados, el factor de cada mes y el importe resultante por concepto, en el formato que pida la dependencia. Nexdorf lo exporta en formato SICT.
Captura los índices y el sistema calcula el factor K y el monto en segundos.
Prueba Gratuita — 14 días